Esta guía es para empresas de Estados Unidos y de otros países que tienen, o van a tener, una filial, una sucursal o una participación accionaria en México. La respuesta corta: toda sociedad mexicana con socios extranjeros debe inscribirse en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras (RNIE) dentro de los 40 días hábiles siguientes a su constitución o a la entrada del socio extranjero. Los avisos trimestrales y el informe anual solo son obligatorios al rebasar ciertos montos; todo se presenta en línea ante la Secretaría de Economía y la omisión se sanciona con multa.
Quién debe inscribirse en el RNIE
El artículo 32 de la Ley de Inversión Extranjera señala tres grupos, sin importar el tamaño de la empresa ni el porcentaje extranjero:
- Sociedades mexicanas con inversión extranjera: las que tienen socios extranjeros, incluso a través de un fideicomiso. Es el caso de la filial que se constituye al abrir una empresa en México.
- Extranjeros que realizan habitualmente actos de comercio en México: por ejemplo, la sucursal de una sociedad extranjera.
- Fideicomisos: los de acciones, inmuebles o inversión neutra que otorgan derechos a extranjeros.
Plazo de inscripción y constancia
El plazo es de 40 días hábiles contados desde la constitución de la sociedad o desde que participa la inversión extranjera, por lo que también corre para la empresa ya existente que recibe a su primer socio extranjero. Aceptada la solicitud, el Registro expide la constancia de inscripción. La inscripción es obligación de la sociedad, no del notario que la constituyó.
Obligaciones periódicas y montos que las activan
Los montos los fija la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras; a octubre de 2026 siguen vigentes los publicados en 2015.
- Aviso de actualización trimestral: dentro de los 10 días hábiles siguientes al cierre del trimestre, cuando cambian los datos generales de la sociedad o cuando los movimientos de capital o con la matriz superan 20 millones de pesos.
- Informe económico anual: con él se renueva la constancia. Es obligatorio cuando el activo total, el pasivo total, los ingresos o los egresos superaron 110 millones de pesos. Se presenta en abril o en mayo, según la inicial de la denominación.
Multas y por qué la matriz pide la constancia
La ley sanciona con multa la omisión, la presentación extemporánea y la información incompleta o incorrecta. La autoridad debe oír antes al interesado y considera el tiempo transcurrido hasta la regularización.
El costo mayor suele ser otro. Los notarios deben pedir la constancia en actos como aumentos de capital o fusiones y, si no se acredita, informan la omisión al Registro. Por eso las matrices y sus auditores piden la constancia del RNIE en sus revisiones de cumplimiento, igual que el registro REPSE o la autorización del programa IMMEX.
Qué pasa si hay años de omisiones
Las omisiones se pueden regularizar. En la inscripción extemporánea, el Reglamento pide la información anual de los ejercicios transcurridos, considerando solo los últimos cinco, y la empresa tiene derecho a ser oída antes de que se imponga la multa.
Lo que está en juego es la constancia que piden los notarios, los auditores y la matriz. El primer paso es que una abogada revise el historial corporativo y financiero de la sociedad para determinar qué debía presentarse en realidad; muchas empresas solo estaban obligadas a inscribirse.
Cómo le ayudamos
Mariela Cárdenas, LL.M., abogada con licencia en México, atiende desde la oficina de Nuevo Laredo, México, a empresas extranjeras con operaciones en el país. Revisa el historial corporativo, determina qué corresponde presentar y prepara los trámites ante el RNIE. Este trabajo forma parte del departamento jurídico en México que ofrecemos a empresas.
Preguntas frecuentes
¿Una empresa pequeña con un socio extranjero también debe inscribirse?
Sí. Los montos solo determinan si además debe presentar avisos trimestrales e informe anual.
¿El RNIE es un registro público que cualquiera puede consultar?
No. La ley establece que el Registro no tiene carácter público; la empresa acredita su cumplimiento con su constancia.
¿La inscripción equivale a una autorización para invertir?
No. Las actividades con límites a la participación extranjera siguen un trámite aparte. A octubre de 2026 el Congreso discute una reforma a la ley en materia de seguridad nacional; conviene confirmar su estado antes de una adquisición.
¿Qué pasa si la empresa se inscribió pero nunca presentó informes?
Si no rebasó los montos, no había obligación periódica. Si los rebasó, los informes pendientes se presentan de forma extemporánea y la autoridad puede imponer la multa.
Guía de información general, actualizada a octubre de 2026. No sustituye la asesoría legal para un caso concreto.
Solicite una revisión inicial
Cuéntenos cuándo se constituyó su empresa en México y qué ha presentado ante el RNIE, y le diremos qué falta: Agendar consulta o escriba a mariela@cardenaslegal.mx.