Esta guía es para directores de finanzas y abogados internos de matrices de Estados Unidos y de otros países que tienen una filial en México. La respuesta corta: además de sus impuestos, una sociedad mexicana debe celebrar asamblea cada año, llevar al día sus libros corporativos, publicar ciertos avisos en el sistema electrónico de la Secretaría de Economía, informar al SAT quiénes son sus socios y su beneficiario controlador, y renovar su inscripción en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras. Casi nada de esto lo revisa el contador, y los faltantes aparecen el día de una auditoría, una venta o un trámite bancario. Si la sociedad aún no existe, vea cómo abrir una empresa en México siendo extranjero.
Asamblea anual y estados financieros
- S.A. de C.V.: la asamblea ordinaria se reúne al menos una vez al año, dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio (artículo 181 de la Ley General de Sociedades Mercantiles). En la práctica vence el 30 de abril.
- S. de R.L. de C.V.: la asamblea se reúne al menos una vez al año, en la época que fije el contrato social (artículo 80).
Libros corporativos
Los libros de actas, de socios o de acciones y de variaciones de capital deben estar al día: la transmisión de partes sociales no surte efectos frente a terceros hasta su inscripción, y la sociedad anónima reconoce como dueño a quien aparece inscrito (artículos 73, 128 y 129).
Avisos y publicaciones: PSM y SAT
Ciertos avisos corporativos se publican en el PSM, el sistema electrónico de la Secretaría de Economía. Ante el SAT:
- Aviso de socios: cada vez que cambian los socios o accionistas, dentro de treinta días según la ficha de trámite del SAT (artículo 27, apartado B, fracción VI del Código Fiscal de la Federación).
- Relación de socios extranjeros: dentro de los tres primeros meses siguientes al cierre de cada ejercicio (artículo 27, apartado A).
- Beneficiario controlador: la sociedad debe conservar la información de las personas físicas que en última instancia la controlan o se benefician de ella, entregarla al SAT dentro de los quince días hábiles siguientes a que la requiera (artículo 32-B Ter) y actualizar los cambios en quince días naturales (artículo 32-B Quinquies). El Código prevé multas por cada beneficiario controlador (artículo 84-N).
RNIE: informes anuales y trimestrales
La constancia de inscripción en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras se renueva cada año, en abril o en mayo según la inicial del nombre de la sociedad (artículo 35 de la Ley de Inversión Extranjera). El aviso trimestral se presenta dentro de los diez días hábiles siguientes al cierre del trimestre.
REPSE, si la filial presta servicios especializados
Si la filial pone trabajadores propios a disposición de otra empresa, incluso de su mismo grupo, puede necesitar el registro REPSE, que se renueva cada tres años (artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo).
Poderes: revisarlos una vez al año
Un directivo que dejó la empresa conserva sus facultades mientras su poder no se revoque formalmente (artículo 149 de la Ley General de Sociedades Mercantiles). Y la e.firma de la sociedad ante el SAT solo la tramita un representante con poder general para actos de administración o de dominio (artículo 19-A del Código Fiscal de la Federación); si esa persona se va, la sociedad puede quedarse sin poder renovarla.
Qué pasa si la filial no está al día
Los años sin asamblea detienen dividendos, créditos y ventas, y regularizar varias actas atrasadas es posible, pero lento. Lo que está en juego es que la filial pueda acreditar quiénes son sus dueños y quién la representa el día que se lo pidan. El primer paso es que una abogada revise los libros, las actas, los poderes y las constancias de la sociedad.
Cómo le ayudamos
Mariela Cárdenas, LL.M., abogada con licencia en México, atiende desde la oficina de Nuevo Laredo, México, el mantenimiento corporativo de filiales de empresas extranjeras: asambleas, libros, avisos, RNIE y poderes, en coordinación con el contador de la sociedad. El departamento jurídico en México lleva el calendario del año y le reporta a la matriz en inglés o en español.
Preguntas frecuentes
¿La asamblea anual debe celebrarse en México y en persona?
No necesariamente. La ley permite asambleas por medios electrónicos y resoluciones unánimes por escrito cuando los estatutos lo prevén.
¿Qué pasa si la filial lleva años sin asambleas ni libros?
Se puede regularizar. Es mejor hacerlo antes de una auditoría, una venta o un financiamiento.
¿Quién es el beneficiario controlador si la dueña es una empresa extranjera?
Siempre es una persona física o un grupo de personas físicas: quien obtiene el beneficio o ejerce el control en última instancia, por ejemplo, con más del 15% de los derechos de voto (artículo 32-B Quáter del Código Fiscal de la Federación). La matriz debe proporcionar esa información a su filial.
¿Todas las sociedades con capital extranjero presentan informes al RNIE?
Todas deben estar inscritas. El informe anual y los avisos trimestrales dependen de los umbrales vigentes.
Guía de información general, actualizada a octubre de 2026. No sustituye la asesoría legal para un caso concreto.
Solicite una revisión inicial
Cuéntenos qué tipo de sociedad tiene, cuándo se constituyó y cuándo fue su última asamblea: Agendar consulta, mariela@cardenaslegal.mx o +52 (867) 187 0075.