Esta guía es para empresas de Estados Unidos que firman contratos con proveedores, distribuidores o clientes mexicanos. La respuesta corta: el derecho mexicano permite pactar la ley aplicable y el foro, y un tribunal mexicano puede ejecutar un contrato sujeto a ley extranjera, una sentencia extranjera o un laudo arbitral. Lo que decide si el contrato sirve el día del incumplimiento es dónde tiene sus bienes la contraparte, si quien firmó tenía facultades y si la cláusula de controversias está bien escrita. Esta guía explica solo el lado mexicano. Si necesita su propia sociedad en México, vea cómo abrir una empresa en México siendo extranjero.
Ley aplicable: qué permite pactar el derecho mexicano
Los efectos de un contrato se rigen por el derecho del lugar donde debe cumplirse, salvo que las partes hayan designado válidamente otro (artículo 13, fracción V, del Código Civil Federal). El juez mexicano no aplica el derecho extranjero si el resultado es contrario al orden público mexicano (artículo 15). Y los inmuebles y los bienes ubicados en México, las relaciones de trabajo, los impuestos y las reglas aduaneras se rigen por la ley mexicana aunque el contrato diga otra cosa.
Foro: ante qué tribunales
En materia mercantil es competente el juez al que las partes se sometieron de forma clara y terminante (artículos 1092 y 1093 del Código de Comercio). Una sentencia extranjera tendrá que reconocerse en México antes de embargar bienes aquí, y no se ejecutará si el contrato somete a las partes únicamente a tribunales mexicanos (artículo 1347-A, fracción III).
Quién firma: facultades y poder notarial
A una sociedad mexicana la representan sus administradores y los apoderados a quienes haya otorgado poder ante notario (artículo 10 de la Ley General de Sociedades Mercantiles). Los poderes generales son de tres tipos: pleitos y cobranzas, actos de administración y actos de dominio (artículo 2554 del Código Civil Federal), y pueden tener límites.
Arbitraje
El acuerdo arbitral debe constar por escrito (artículos 1416 y 1423 del Código de Comercio). El laudo se reconoce como vinculante sin importar el país en que se dictó y no requiere homologación; las causas para negar su ejecución son limitadas (artículos 1461, 1462 y 1471). México es parte de la Convención de Nueva York.
Ejecutar en México una sentencia de Estados Unidos
Se tramita ante un juez mexicano un procedimiento de reconocimiento, llamado homologación, en el que no se vuelve a discutir el fondo del asunto. El artículo 1347-A del Código de Comercio exige, entre otras condiciones, que el tribunal de origen haya sido competente, que el demandado haya sido emplazado en forma personal, que la sentencia sea firme y que no sea contraria al orden público mexicano. El emplazamiento personal es el requisito que más sentencias detiene.
Qué pasa si el lado mexicano del contrato no se revisa
Sin poder suficiente del firmante, la contraparte alegará que no quedó obligada, y una sentencia ganada en el extranjero sin un emplazamiento que México reconozca no se puede ejecutar aquí. Además, muchas acciones mercantiles prescriben antes del plazo ordinario de diez años (artículo 1047 del Código de Comercio).
Lo que está en juego es poder cobrar en México el día del incumplimiento. El primer paso es que una abogada mexicana revise el contrato o el borrador y las facultades de quien firma, de preferencia antes de la firma.
Cómo le ayudamos
Mariela Cárdenas, LL.M., abogada con licencia en México, revisa y redacta desde la oficina de Nuevo Laredo, México, la parte mexicana de sus contratos: ley y foro, versión en español, facultades del firmante, garantías y cláusula arbitral, y representa a su empresa ante los tribunales mexicanos. Trabaja junto con los abogados de su empresa en su país; ella atiende únicamente el derecho mexicano. Para empresas con contratos recurrentes existe el departamento jurídico en México.
Preguntas frecuentes
¿Es válido en México un contrato sujeto a la ley de otro país?
Sí. El Código Civil Federal permite a las partes designar el derecho aplicable, con los límites del orden público mexicano y de las materias que siempre se rigen por la ley mexicana.
¿El contrato tiene que estar en español?
Para ser válido, no (artículo 78 del Código de Comercio). Para presentarlo ante un tribunal mexicano hará falta su traducción al español (artículo 1055).
¿Qué conviene más, tribunales o arbitraje?
Depende de dónde están los bienes de la contraparte, del monto y del tipo de contrato. El laudo arbitral tiene un camino de ejecución más directo en México que una sentencia extranjera; un juicio ante tribunales mexicanos evita el paso del reconocimiento.
¿Cómo sé si la persona que firma puede obligar a la empresa mexicana?
Las facultades constan en las escrituras de la sociedad y del poder, y deben alcanzar para ese contrato. Es una revisión breve que se hace antes de firmar.
Guía de información general sobre derecho mexicano, actualizada a octubre de 2026. No sustituye la asesoría legal para un caso concreto.
Solicite una revisión inicial
Envíenos el contrato o el borrador y díganos quién es su contraparte en México: Agendar consulta, mariela@cardenaslegal.mx o +52 (867) 187 0075.